Real Decreto 238/2026 · Ley Crea y Crece
Factura electrónica obligatoria entre empresas: la otra fecha límite
No es VeriFactu. La factura electrónica B2B obliga a emitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado y a comunicar sus estados. Si resuelves solo una de las dos obligaciones, tendrás que volver a tocar tu facturación en menos de dos años.
Dos obligaciones distintas
VeriFactu no es la factura electrónica
| VeriFactu RD 1007/2023 | Factura electrónica B2B RD 238/2026 | |
|---|---|---|
| Qué regula | El software de facturación: registros inalterables, huella encadenada, QR | El formato y el intercambio de la factura entre empresas |
| Quién recibe los datos | La Agencia Tributaria (remisión de registros) | Tu cliente o proveedor, y la solución pública de facturación |
| Fechas límite | 1 ene 2027 (sociedades) · 1 jul 2027 (autónomos) | oct 2027 (>8 M€) · oct 2028 (resto) |
| Obliga también a | Tickets / factura simplificada (TPV) | Recibir facturas electrónicas y comunicar estados (aceptación, pago) |
La buena noticia: el software que implantamos con el Pack VeriFactu (FACTUSOL/TPVSOL de TeamSystem) ya está preparado para la factura electrónica. Un solo proyecto, dos obligaciones resueltas.
Qué dejamos funcionando
Emisión en formato estructurado
Facturae con firma electrónica desde tu propio programa de facturación.
Recepción de facturas
Preparados para recibir las facturas electrónicas de tus proveedores y contabilizarlas.
Estados de la factura
Comunicación de aceptación, rechazo y pago en los plazos que marca la norma.
Coordinado con VeriFactu
Mismo software, misma implantación: no pagas dos proyectos ni migras dos veces.
Un diagnóstico, las dos obligaciones claras
En 30 minutos te decimos cómo quedas respecto a VeriFactu y a la factura electrónica, y qué cuesta dejarlo resuelto. Gratis y sin compromiso.
